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Desafíos legales de los centros de diagnóstico por imágenes

En un centro de diagnóstico por imágenes y también en el ejercicio de la teleradiología en Argentina, hay tres leyes principales a tener en cuenta.

Los procesos de trabajo, la tecnología utilizada y los modos en que se imparte el servicio, deben adecuarse a la normativa vigente, no solo para la tranquilidad de médicos y pacientes, sino principalmente para desarrollar la mejor calidad de atención


Las leyes y la tecnología en salud ¿corren a la misma velocidad?


  • La ley N° 17132 de Ejercicio de la Medicina (LEM)

Data de 1967 y ha recibido a lo largo de su vigencia unas 144 modificaciones, la última de las cuales fue en agosto 2018, según InfoLegSin embargo, a pesar de todas estas actualizaciones —muchas de las cuales son sólo reconocimientos de instituciones— la antigüedad de la sanción de esta ley habla de un potencial conflicto con la innovación tecnológica, la cual crece inexorablemente.

 

  • La Ley de Derechos del Paciente

La Ley 26529, posteriormente modificada por la Ley 26.742, llamada “Ley de derechos del paciente” (LDP), regula los mismos en cuanto a la autonomía de la voluntad, legisla sobre la información que el médico debe dar, que el paciente tiene que recibir y sobre la documentación clínica.

 

  • La Ley 25326, Ley de Protección de Datos Personales (LPDP)

Regula sobre el manejo de información sensible. Tienen por objeto la protección de datos personales asentados en archivos, registros, bancos y la regulación de la divulgación y clasificación de esa información.

 

Estas últimas dos leyes son mucho más actuales que la LEM y tienen en cuenta algunos aspectos de la innovación tecnológica. Sin embargo, las tres generan una serie de desafíos concretos al funcionamiento de una organización que ofrece servicios de telemedicina.

Uno de los casos más emblemáticos de la discordancia entre la ley y la actualidad es el tema de la “atención a distancia”. Según el art. 16 de la LEM los médicos “… sólo podrán ejercer en los locales o consultorios previamente habilitados o en instituciones o establecimientos asistenciales o de investigación oficiales o privados habilitados o en el domicilio del paciente.”

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Una parte de la biblioteca decide que la atención a distancia es una forma de atención domiciliaria, mientras que otra, que es equivalente a la atención en el consultorio del médico, sea éste particular o dentro de una institución. No es nuestra idea resolver esta problemática, sino mencionarla como uno de los puntos que deberían tenerse en cuenta a la hora de actualizar la legislación.

La LDP, por su parte, legisla sobre la información que el médico debe dar y que el paciente tiene que recibir y establece tanto la forma como el modo de proceder, a lo que se llama “consentimiento informado”.  Por norma, debe ser verbal salvo en los casos en que expresamente se impone su instrumentación por escrito, como cuando se trata de internación, intervenciones quirúrgicas, procedimientos diagnósticos o terapéuticos invasivos, o su revocación.

A su vez, la información del paciente está regida por la LPDP, que define a la información sensible como aquellos datos personales que revelan origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e “información referente a la salud” o a la vida sexual. Nótese que por lo tanto, la definición de “dato sensible” incluye o refiere a la protección de los datos relativos a la salud.

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En estos tres elementos (atención, consentimiento y protección de datos) está gran parte de la problemática de la gestión de un centro de diagnóstico por imágenes y especialmente de servicios de telemedicina. De hecho, muchas veces son este tipo de desafíos los que terminan por ayudar a decidir, si la gestión de la organización se toma a cargo con personal propio, o si se necesita una consultora de telegestión.

Una ayuda externa especializada que permita proteger de la mejor manera los activos del centro, elimine las dificultades de lograr los consentimientos informados y fundamentalmente, que asesore sobre la mejor manera de administrar, manejar y proteger los datos del paciente que, en caso de la telemedicina o la teleradiología, viajan a través de red.


Si además de contar con una gestión excelente en su centro de diagnóstico por imágenes, le gustaría reducir costos y mejorar los tiempos de atención, le recomendamos analizar el servicio de teleradiología.  

Aquí le compartimos un documento para que conozca cuáles son las mejores prácticas para incorporar la teleradiología:

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